RecurreYa · Recursos con IA
Recurrir una multa por no llevar el cinturón de seguridad
¿Te han multado por no llevar el cinturón o por llevar a un niño sin su silla? Te explicamos cuánto es la multa, quién la paga, las exenciones que cambiaron el 1 de octubre de 2026 y cuándo se puede recurrir. Con RecurreYa, la inteligencia artificial analiza tu multa gratis y te dice si merece la pena recurrir antes de pagar nada.
¿Cuánto es la multa por no llevar el cinturón?
No usar el cinturón de seguridad, o no usarlo bien, es una infracción grave: 200 € y 4 puntos (art. 76.h y anexo II de la Ley de Tráfico). Lo mismo vale para el casco y para los sistemas de retención infantil. Los 4 puntos se aplican desde el 21 de marzo de 2022; antes eran 3.
Puedes pagar con el 50 % de descuento (100 €) en los 20 días naturales siguientes a la notificación, pero entonces renuncias a recurrir y pierdes los puntos igualmente.
¿Quién paga la multa: el conductor o el pasajero?
- Cada ocupante responde de su propio cinturón. Si un pasajero adulto no lo lleva, la multa es para el pasajero, no para el conductor.
- El conductor responde de los sistemas de retención infantil. Los menores de 135 cm o menos tienen que ir en su silla o alzador (art. 117 del Reglamento General de Circulación), y si no van, el responsable es el conductor. No responden los conductores profesionales de servicios públicos de transporte.
- Si quien no lleva el cinturón es menor de 18 años, responden con él, de forma solidaria, sus padres, tutores o guardadores (art. 82 de la Ley de Tráfico).
Exenciones del cinturón: qué cambió el 1 de octubre de 2026
El Real Decreto 518/2026 reescribió el artículo 119 del Reglamento General de Circulación. Desde el 1 de octubre de 2026 solo están exentos:
- Los conductores, al dar marcha atrás o al estacionar.
- Quien tenga un certificado médico de exención por razones graves o por discapacidad. También vale el de otro país de la Unión Europea con traducción oficial.
- Los conductores y pasajeros de vehículos de urgencias en servicio, solo en vías urbanas.
- Los pasajeros de ambulancias que vayan en la zona del paciente.
- En los taxis en ciudad, los menores de 135 cm pueden ir detrás sin silla infantil.
Ojo: desde el 1 de octubre de 2026 ya no están exentos los taxistas de servicio, los repartidores que hacen cargas y descargas seguidas ni los profesores de autoescuela. Si te multaron antes de esa fecha y estabas en uno de esos casos, revisa la fecha de la denuncia.
¿Qué motivos permiten recurrir una multa del cinturón?
- La prueba del agente es insuficiente. Muchas denuncias se basan en lo que el agente vio con el coche en marcha. Su palabra tiene presunción de veracidad, pero admite prueba en contrario y la denuncia debe describir lo que observó (quién no lo llevaba, desde dónde, a qué distancia).
- Si te detectó una cámara, la imagen tiene que permitir ver con claridad que no llevabas el cinturón. Puedes pedir la fotografía.
- Estabas en una exención: maniobra de marcha atrás o estacionamiento, o certificado médico de exención en vigor.
- Se equivocaron de persona: la multa es para quien no llevaba el cinturón, no para el conductor (salvo los sistemas de retención infantil).
- El niño ya no necesitaba silla: si medía más de 135 cm, no estaba obligado a llevar sistema de retención infantil.
- La notificación fue defectuosa o llegó cuando la infracción ya había prescrito. Te lo explicamos en recurrir una multa por notificación defectuosa.
¿Cómo recurrir una multa del cinturón paso a paso con IA?
- Sube tu multa. Haz una foto o adjunta el PDF de la denuncia.
- La IA la analiza gratis. Revisa los plazos, quién figura como responsable, la descripción de los hechos y si encaja alguna exención.
- Genera el recurso. Si decides continuar (9,99 €, IVA incluido), RecurreYa redacta el escrito de alegaciones o de recurso con tus datos y tus argumentos.
- Preséntalo. En la sede electrónica de la DGT, en cualquier registro público o por correo, dentro de plazo.
¿Qué plazos tengo?
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Alegaciones o pago con el 50 % (tras la notificación de la denuncia) | 20 días naturales |
| Recurso de reposición (tras la resolución sancionadora) | 1 mes |
Otras multas que también puedes recurrir
Si te multaron a la vez por el móvil, mira cómo recurrir una multa por usar el móvil al volante. Para el procedimiento general, consulta cómo recurrir una multa de la DGT, y si quieres saber qué «trucos» evitar, lee los 11 que nunca deberías usar.
Preguntas frecuentes sobre la multa del cinturón
¿Cuántos puntos quita no llevar el cinturón?
4 puntos y 200 € de multa, desde el 21 de marzo de 2022. Antes eran 3 puntos. Lo mismo para no usar el casco o los sistemas de retención infantil.
Si un pasajero no lleva el cinturón, ¿me multan a mí?
No, si es un adulto: cada ocupante responde de su propio cinturón. Tú como conductor respondes de que los niños de 135 cm o menos vayan en su sistema de retención infantil. Si el pasajero es menor de 18 años, responden con él sus padres o tutores.
¿Los taxistas siguen exentos de llevar el cinturón?
No. Desde el 1 de octubre de 2026 el Reglamento General de Circulación ya no exime a los taxistas de servicio, ni a los repartidores ni a los profesores de autoescuela.
Tengo un certificado médico. ¿Me pueden multar?
El certificado médico de exención por razones graves o por discapacidad te exime de usar el cinturón. Llévalo siempre en el coche y, si aun así te multan, aporta una copia en tus alegaciones.
¿Me pueden multar por quitarme el cinturón para aparcar?
No: el conductor está exento al hacer la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento. Si la denuncia se refiere a ese momento, es un motivo de recurso.
¿Cuánto cuesta recurrir esta multa con RecurreYa?
El análisis que te dice si tu multa es recurrible es gratis. El escrito de recurso cuesta 9,99 € (IVA incluido, pago único), y si no se puede generar te devolvemos el dinero automáticamente.